Adultos mayores de Pto. Montt se informaron sobre ley de insolvencia
DERECHOS. Los deudores pueden declararse "en quiebra" y buscar alternativas para pagar a sus acreedores.
De acuerdo a cifras entregadas por la última Encuesta Casen, la capital regional tiene un 14,5% de su población viviendo en pobreza, de los cuales un 4,3% de los casos es extrema.
Ante esta situación las personas -en su mayoría adultos mayores- se endeudan para adquirir bienes y servicios, llegando en algunos casos a deber más de lo que son capaces de pagar, acarreando así una serie de inconvenientes.
Para evitar el sobre endeudamiento en la tercera edad, el Senama organizó una actividad donde los representantes de clubes de adultos mayores de Puerto Montt se reunieron con el Superintendente de Insolvencia y Reemprendimiento, Andrés Pennycook, quien les explicó a fondo en qué consiste la ley 20.720 que entró en vigencia en el año 2014 y permite a las personas poder declararse "en quiebra", siempre y cuando cumplan una serie de requisitos.
De acuerdo a lo expresado por Pennycook, es fundamental acercar los derechos del deudor a la ciudadanía para que los puedan ejercer. "Lo que buscamos a través de esta ley es que el deudor manifieste su voluntad de pagar sus deudas, pero que lo haga mes a mes y de acuerdo a condiciones más sencillas ", comentó.
El presidente de los consejeros regionales de adultos mayores, Ernesto Domcke, valoró el encuentro y la información entregada. "La gran mayoría de nosotros no conocíamos mucho sobre el tema y se ve que las autoridades entendieron que tienen que acercarse a los dirigentes para que nosotros podamos difundir sobre esta charla a nuestros asociados", manifestó.
Requisitos
Para que los deudores puedan acogerse a esta ley, las personas deben tener dos o más obligaciones vencidas, por más de 90 días, y que superen las 80 UF y no tener un juicio ejecutivo en su contra o que se le haya solicitado el inicio de un procedimiento de liquidación.
A esta fecha en la región hay 36 procedimientos que se encuentran vigentes, de los cuales siete personas ya se han declarado en quiebra y debieron vender sus bienes para pagar a los acreedores, mientras que el resto de los afectados acordó una renegociación de su deuda.
Si el deudor es sometido a procedimiento y es declarado admisible, no puede volver a someterse bajo este proceso, sino después de 5 años.