Falleció Lucía Bravo, precursora del periodismo escrito en Puerto Varas
PARTIÓ A LOS 81 AÑOS. Sacó adelante uno de los medios escritos con mayor antigüedad en la Cuenca del Lago Llanquihue.
Aclarando que en la causa no hubo consideraciones de género y que el fallo de los tres jueces -entre ellas dos mujeres- del Tribunal Oral en lo Penal de Puerto Montt, coincidieron en que la denuncia por violación fue "mendaz" (mentirosa) y que hubo una relación sexual consentida, el fiscal de Puerto Varas, Marco Muñoz Becker, se refirió al caso que en las últimas semanas ha generado debate, respecto a la cantidad de pruebas que deben acreditar las mujeres cuando son víctimas de un delito de índole sexual.
La joven sentenciada a una pena de tres años y un día por el delito de denuncia calumniosa, Francisca Díaz, acusó en 2016 que fue víctima de violación, causa que fue sobreseída y que dio paso para que quien era el denunciado presentará una querella contra la joven egresada de Derecho, siendo condenada finalmente por el Tribunal Oral en lo Penal.
Falsedad
"Aquí no hubo una criminalización respecto de esta causa, por el contrario se abrieron todas las puertas para que hubiese una salida distinta, pero no se tomó. La prueba que se rindió fue conocida por el tribunal. No hubo en esta causa consideraciones de género. En sede de Garantía, en dos tribunales dictaron el sobreseimiento definitivo, entre ellos una mujer; en la Corte de Apelaciones de Puerto Montt una sala de tres ministros, entre ellos también una mujer y en el Tribunal Oral en lo Penal con tres jueces dos mujeres y una estuvo por condenar", argumentó el fiscal Muñoz.
De acuerdo al persecutor, el voto disidente (de la jueza Patricia Miranda, fallo dividido) se plantea sobre la base que no se logró acreditar el dolo (voluntad deliberada de cometer un delito) que es un elemento subjetivo, "pero dos jueces dijeron que sí el dolo se infería para dictar sentencia condenatoria y el Tribunal Oral en lo Penal en su conjunto dio por establecido los hechos de la acusación fiscal, en orden a que la denuncia por violación fue mendaz y que la relación sexual fue consentida", anotó.
-¿Se propuso la posibilidad de cerrar el caso con otra medida que no sea el juicio oral?
-La Fiscalía, cuando llevó este tema a juicio con respecto de la imputada, no tuvo ninguna consideración distinta a la que se tiene con cualquier otro ciudadano con este tipo de delitos. A ella y su defensa se le propuso poner término a esta causa mediante una suspensión condicional del procedimiento y no la aceptaron. No se condicionó esta suspensión al pago de una suma de dinero alguna, sino que a un acuerdo con la parte querellante, en términos de pedir disculpas públicas que fuera satisfactoria para esa parte; pero todo ciudadano tiene derecho a un juicio oral y ella determinó ese camino, que es algo que no se cuestiona porque es un derecho de toda persona. En el juicio oral se ventilaron todas las pruebas y el resultado es el que ya conocemos: que se dictó sentencia condenatoria.
-La joven condenada ha señalado en forma reiterada que no habló de violación. ¿Por qué aparece esa palabra en la carpeta de investigación?
-Debo hacer presente que toda persona, todo ciudadano tiene derecho a denunciar para que el Estado investigue a través de sus organismos, y se determine a los responsables. Pero también la misma ley procesal penal establece que toda persona se debe hacer responsable de su denuncia.
A todo ciudadano cuando hace una denuncia no se le exige que haga una calificación jurídica, sino que se le pide que haga una descripción de los hechos, y lo que ella relató desde el primer momento desde que personal de Carabineros llegó al lugar y a los médicos y a los peritos que investigan los delitos sexuales, y ante la PDI, daban cuenta de haber tenido relaciones sexuales. Y que producto de la ingesta de alcohol (que estaba ebria y sin consciencia), que en algún momento despertó con esta persona. Esta descripción da cuenta de una relación sexual y según la ley así lo es, y la descripción que ella hacía es que había mantenido relaciones sexuales.
-Pero no habló de violación...
-Este relato de hechos lo hace ante Carabineros, en el Hospital y personal de la PDI. Si ella no utilizó la expresión violación, sí utilizó expresiones como mantener relaciones sexuales, que es el elemento considerado por las personas que tienen que valorar esta información para saber frente a qué tipo de delitos nos encontramos y por ello se acogió la denuncia por violación. La primera noticia que sitúa esto es un llamado al nivel 133 (Cenco de Carabineros) realizado por el padre de la denunciante, quien se refirió a la necesidad de contar con Carabineros en el Hostal El Candil para denunciar una violación.
Los antecedentes recopilados, por Carabineros, en el Hospital y en la PDI, daban cuenta de una relación sexual y por lo tanto de una violación. En ese relato de hechos ella no dio cuenta de otro tipo de delito sexual,
-¿Qué dice el fallo en lo principal?
-En uno de los considerandos del fallo (sentencia condenatoria) los tres jueces dan por establecido que durante esta investigación, esta denuncia es mendaz y que esta relación sexual, que en un primer momento fue denunciada como violación, daba cuenta de una relación sexual en los hechos consentida y es ese el elemento mendaz que se sanciona en este caso. No es que si hubo un abuso sexual o violación, el tribunal percibió por sus propios sentidos donde los testigos prestan declaración frente a los jueces, y se hicieron su impresión con la prueba rendida.
Si vamos a lo que ella denuncia, que se encontraba ebria, con un compromiso de consciencia y que no pudo defenderse, entendemos que los elementos de juicio que hay no se condicen con una ebriedad en términos tales que la persona haya estado inconsciente. Es ese el elemento que determinó que la denuncia era mendaz, puesto que la alcohelemia arrojó cero gramos de alcohol.
Sus nietos Ludwig Condjambassis Alvarez y Diego Gálvez Alvarez, encabezaron el último adiós de Lucía Bravo Bravo (81 años), precursora del periodismo local de Puerto Varas, quien tuvo a cargo uno de los periódicos con mayor trayectoria en la Cuenca del Lago Llanquihue.
Tras el fallecimiento de su esposo Rosendo Alvarez, Lucía Bravo o "Lucy" como era conocida en la comuna lacustre, el 26 de abril de 1988 se hizo cargo de El Heraldo Austral, que lleva 67 años en Puerto Varas y toda la zona aledaña al lago Llanquihue.
Por casi una década, Lucía mantuvo el medio escrito, reporteando y dando a conocer todo lo que se registraba informativamente en el plano local.
Considerada una persona culta y detallista, especialmente en materia ortográfica, la vecina de Puerto Varas, quien tenía residencia en Ensenada, tuvo muchas amistades que la reconocieron en su despedida.
Las palabras de su nieto Diego Gálvez, su sobrino Sergio Thienel y Gustavo Gálvez, gerente comercial, estuvieron cargadas de recuerdos y anécdotas.
Gálvez comentó que se trataba de una importante pérdida para la familia y amigos de Puerto Varas.
"Continuaremos su legado con la vocación, pluralismo e independencia que lo caracterizan", dijo. "Agradecemos las innumerables muestras de apoyo y cariño, por quien fue nuestra líder durante estos años y nos sentimos con más energía para seguir creciendo y comunicando", agregó la hija de Lucy, Paola Alvarez.