Con declaración jurada, ser no donante costará entre $ 500 y $ 800
polémica. La Corte Suprema estableció que basta ese documento, ante notario, para no ingresar al registro.
La Corte Suprema definió ayer que la documentación válida para declararse no donante de órganos debe ampliarse y considerar una declaración jurada simple ante notario, documento que fluctúa entre $ 500 y $ 800.
La definición del máximo tribunal surgió por la polémica suscitada en la Ley 20.673, que consideraba fidedignos sólo dos documentos (escritura pública y la declaración protocolizada) para considerarse no donante. El cobro en notaría debía regirse por los aranceles vigentes, por lo que el valor de ejercer ese derecho ascendía a entre $ 5.000 y $ 8.400.
Ahora, según Hugo Dolmetsch, se incorporó la "declaración jurada simple ante notario" como fórmula para revocar la norma que establece que todo chileno, mayor de 18 años, cederá sus órganos una vez fallecido.
"(Éste) se complementará con la escritura pública y la declaración protocolizada. Serán tres los documentos", dijo el vocero, quien precisó que las notarías ya fueron instruidas sobre el procedimiento que deberán emplear y los escritos válidos a remitir al Registro Civil.
Dolmestch agregó que las tres opciones quedan vigentes: escritura pública (con un costo máximo de $ 8.400), declaración protocolizada (con un máximo de $ 5.900) y declaración jurada simple (que iría entre $500 y $ 800).
En cualquiera de estos trámites una copia queda para el interesado, una para la notaría y una tercera debe ser remitida al Registro Civil en un plazo máximo de 48 horas.
polémica por alto costo
El Gobierno había mostrado su rechazo al alto costo y la inequidad de los valores para el acceso al trámite, ya que las personas de escasos recursos no podrían pagarlos.
La ley que entró en vigencia indica que, en caso de existir duda fundada respecto de la calidad de donante, "se deberá consultar en forma previa sobre la extracción de uno o más órganos del fallecido, por orden de prelación, al cónyuge que vivía con el fallecido o la persona que convivía con él en relación de tipo conyugal; cualquiera de los hijos mayores de 18 años; cualquiera de los padres; el representante legal, tutor o curador; cualquiera de los hermanos mayores de 18 años; cualquiera de los nietos mayores de 18 años; cualquiera de los abuelos; cualquier pariente consanguíneo hasta el cuarto grado inclusive y; cualquier pariente por afinidad hasta el segundo grado inclusive. Según el texto de la ley, "se entenderá por duda fundada el hecho de presentar ante el médico encargado del procedimiento documentos contradictorios o la existencia de declaraciones diferentes de las personas enunciadas".
función de la familia
El médico Pablo Troncoso, representante de la Sociedad del Trasplante, restó trascendencia a la Ley de Donante Universal y aclaró en radio Cooperativa que "sigue siendo trascendente la expresión de voluntad en la familia" y que "el resto es solamente un marco".
"Quiero recalcar, y creo que esto es poco conocido por la gente, que los equipos médicos continúan preguntándole a la familia y esa es una práctica que existe incluso en varios países que tienen el concepto del donante universal", explicó el facultativo.
El profesional agregó que "la familia, normalmente, es raro que decida una cosa diferente a lo que la persona había manifestado. Sigue siendo trascendente la expresión de voluntad en la familia, en el seno familiar, eso es lo trascendente, el resto es solamente un marco". Troncoso enfatizó que "no podemos aumentar el número de donantes por efecto de una ley, eso está demostrado en varias áreas y ésta no es la excepción. Más que el trasfondo de los cambios, el legislador apunta a aumentar el número de donantes, pero la duda en el concepto médico es si realmente esto va en el sentido correcto". Según cifras del Ministerio de Salud, en 2012 la tasa donantes efectivos por millón de habitantes en Chile llegó a 8,8.
aspectos de la donación de órganos
Donaciones Según cifras del Ministerio de Salud, en agosto hubo 13 donantes efectivos de órganos en el país.
Trámite No se preguntará ni al sacar carnet ni licencia de conducir. La inscripción será en el Registro de No Donantes.
Estatuto La ley estipula que son donantes los mayores de 18 años, salvo quienes firmen un documento ante notario.
Total 3,8 millones de personas hay el Registro de No Donantes actual. Para retractarse hay que hacerlo ante notario.