Grave ausencia de salvavidas en famosas playas de Puerto Varas
SEGURIDAD. Playas habilitadas y aptas para el baño lucían ayer con bandera roja. La gente llegó a bañarse, pero nadie estaba a cargo de la seguridad.
Una preocupante situación se observó ayer en las tres playas habilitadas de Puerto Varas (Puerto Chico, Hermosa y Niklitschek), donde se pudo observar la total inexistencia de los salvavidas, profesionales de fundamental importancia para garantizar la seguridad de los bañistas, y consecuentemente, se veía de lejos la presencia de banderas rojas en las torres de observación de los socorristas.
Con un día que se debatió entre soleado y con nubes, los visitantes llegaron a las playas, pero no había rescatistas.
La respuesta para esta situación tuvo dos argumentos: desde los sitios privados se excusaron diciendo que los salvavidas estaban en su día libre, motivo por el cual estaban las banderas rojas señalando que la responsabilidad de bañarse en estas aguas era de total responsabilidad de los bañistas. Por su parte desde el municipio explicaron que en Puerto Chico que con el viento se soltaron boyas y por eso determinaron poner bandera roja. Agregando que si alguien se vaya, no habiendo salvavidas, no es de su responsabilidad.
Habilitadas
Según información entregada por las autoridades marítimas, para que se pueda habilitar una playa, se pide un permiso a la Armada, la cual entrega una serie de medidas de seguridad que se deben cumplir antes de ponerla operativa. Posterior a eso, se hace una revista, por parte de los marinos, verificando que efectivamente las playas cumplan con todas las exigencias señaladas en lo dispuesto.
Dentro de estas exigencias, están la contratación de tres salvavidas por cada playa habilitada, para que, de esta manera, cubran todo el período estival, el cual empieza el 15 de diciembre y termina el 15 de marzo. Siendo así, cuando un salvavidas esta en su día libre, los otros dos deberían obligatoriamente reemplazarlo, ya que el día de asueto de un socorrista no exime la responsabilidad de cumplir con las exigencias establecidas por la Marina.
Además, se informó que la bandera roja significa "playa no apta para el baño" y se utiliza cuando las condiciones geográficas o meteorológicas sean desfavorables para la práctica del baño.
"Una playa no es apta para el baño cuando, por ejemplo, hay lluvia muy fuerte o cuando las aguas son muy profundas y no se resguarda la seguridad de las personas. En estos casos, se utiliza la bandera roja", ejemplificó el Capitán de puerto de Puerto Varas, Cristián González. Frente a esa situación, se comprometió a averiguar el ocurrido y tomar las medidas que se estimen necesarias.
El Servicio de Impuestos Internos (SII) comunicó que todos aquellos que arrienden sus inmuebles amoblados durante el verano, deberán pagar el impuesto al valor agregado (IVA), por los ingresos que generen dichas transacciones.
La acción responde ante lo establecido en la Ley de Impuestos a las Ventas y Servicios de 1974.
Según explicó Víctor Ruiz Rivas, jefe de la Oficina de Administración del Servicio de Impuestos Internos de Puerto Montt, la ley ha existido desde años, pero "la gente de repente, por desconocimiento, no paga el IVA y se arriesga a cometer un delito de forma innecesaria".
De acuerdo a lo informado por el SII, si aquellas personas que arriendan las propiedades, no emiten boletas, éstas deberán "declarar y pagar el impuesto al valor Agregado (IVA) por los ingresos percibidos", lo que fue establecido por la ley.
La declaración podrán hacerla, yendo a la oficina del SII, donde se les emitirá un giro (cobro), por el impuesto que corresponda.
En Puerto Montt, la oficina se ubica en San Martín 080 hasta el 23 de enero, fecha en la que podrán ser encontrados en su nueva dirección en Copiapó 180.
En el caso de que las personas hayan emitido boletas, éstas deberán corresponder a la persona que arrendó la propiedad, la que deberá declarar "declarar el IVA mensualmente en el formulario 29".
En caso de no declarar y pagar el impuesto correspondiente, las personas se arriesgan a se arriesgan a multas, reajustes e intereses, según lo especificado en el Código Tributario.
En lo que concierne a las personas que, efectivamente tengan boletas para emitir, pero escojan no hacerlo, éstas se arriesgan, también, a sanciones indicadas en el código.
El servicio de impuestos internos tiene habilitada una calculadora en su sitio web (www.sii.cl), la que permite determinar el monto que debe pagar la persona por el arriendo de inmuebles amoblados, de forma automática, utilizando datos como el número de días arrendados, el monto percibido por el arriendo y el avalúo fiscal de la propiedad.
salvavidas es el numero de profesionales exigidos por la Armada para se habilitar una playa. 3