Fiscalía logra revertir sentencia en caso de los robos a parcelas
PENA PERPETUA. En el fallo, la Corte de Apelaciones criticó accionar del Tribunal Oral y señaló que incurrieron "en falta o abuso grave" al rebajar condena.
No surtió efecto la interpretación que los jueces del Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Puerto Montt hicieron -en septiembre de 2016- de la "agenda corta antidelincuencia", y que significó rebajar la condena de los llamados "asaltantes de parcelas" de Puerto Varas, quienes habían sido sentenciados, en primera instancia, a una pena de perpetua simple.
Fue la Corte de Apelaciones la que zanjó las dudas, e incluso en el fallo desliza varias críticas a la sala del TOP que rebajó la condena, y que estuvo compuesta por los jueces Jaime Rojas, Carolina Muñoz y Daniel Holzmann-Weizmann.
Fue un recurso de queja presentado por el abogado querellante Víctor Almendras San Martín, que terminó por cambiar lo señalado por el TOP.
El fallo indica en el párrafo octavo que "de acuerdo con las reflexiones antes manifestadas, se desprende que en el pronunciamiento de la resolución impugnada, los sentenciadores incurrieron en faltas o abusos graves, pues como se indicó, hicieron falsa aplicación del artículo 18 del Código Penal a una situación de hecho que la norma no contempla y, además, realizaron un ejercicio de combinación de textos normativos no autorizado en nuestro ordenamiento jurídico, con invasión de facultades legislativas , razón por la que el recurso de queja será acogido".
El documento redactado por el ministro Jaime Meza, cuya sala también estuvo compuesta por la ministra presidenta de la Corte, Teresa Mora, y por el abogado integrante Pedro Campos, agrega que "la valoración que realizaron respecto a la mayor extensión del mal causado por el delito, los jueces que realizaron la audiencia adecuatoria, carecían de facultades y competencia para modificar esa reflexión contenida en la consideración trigésima cuarta del fallo ya dicho, incurriendo de este modo en falta o abuso grave", indica.
Precedente
Para el fiscal regional Marcos Emilfork, la idea es no quedarse de brazos cruzados. "Se trata de un fallo importante, que sienta un precedente no solamente en la región sino que a nivel nacional", señaló.
Emilfork dijo que se recurrió al Tribunal de Alzada a través de una instancia extraordinaria como es el recurso de queja "y la Ilustrísima Corte de Apelaciones, acogiendo los argumentos, consideró el recurso y, por lo tanto, las penas primitivamente impuestas quedaron a firme".
El jefe regional del Ministerio Público explicó que este requerimiento de la pena original de presidio perpetuo simple, se logró "después de un juicio oral bastante arduo" y que con la resolución pronunciada por el Tribunal de Alzada "esa pena se mantiene".
Fue el fiscal Nain Lamas quien llevó adelante esta causa, logrando una pena inédita para este tipo de ilícitos en la región.
Son tres los sujetos que en marzo de 2015 habían protagonizado varios asaltos en Puerto Varas y alrededores.
El abogado querellante Juan Cristóbal Grünwald valoró el trabajo desplegado por la Fiscalía de Puerto Varas y la acuciosidad del fiscal Lamas.
"Además de esto, lo más destacado es la pena por la que se condenó a estos tres antisociales, todos los cuales recibieron presidio perpetuo simple, una de las penas más altas desde el inicio de la reforma, y por eso era injusto lo resuelto por la sala del TOP que había determinado rebajar la condena", aseguró.
Grünwald dijo que las víctimas ahora están más tranquilas, tras conocer el fallo de la Corte de Apelaciones. "Esto ayuda a mitigar en algo el trauma que debieron experimentar. Sentencias como estas realmente hacen pensar que se pueda generar un efecto disuasivo que ayude a todas las personas a vivir un poco más tranquilas", anotó.