Erwin Schnaidt Ávila
T res casos se han presentado en el Hospital de Puerto Montt (HPM), en los que se ha invocado el procedimiento de aborto terapéutico en tres causales.
Uno de ellos correspondió a un caso de violación, mientras que en los otros dos se estableció inviabilidad fetal. Sólo en el primero se llevó a la práctica esa intervención.
El doctor Jorge Tagle, director del Servicio de Salud del Reloncaví (SSR), admitió que "tuvimos tres situaciones en los que se pudo aplicar el protocolo de interrupción del embarazo. Pero, sólo en uno de ellos se llevó a la práctica. Se trató de una paciente derivada desde Osorno, donde el centro médico privado a la que recurrió, se manifestó como objetor de conciencia, para el caso de la tercera causal (embarazo por violación)".
Respecto de las otras dos situaciones, Tagle especificó que en ambos "la madre resolvió no realizar la interrupción, como corresponde por protocolo, y seguir adelante con la gestación".
El doctor Yuri Carvajal, director del HPM, explicó que desconoce en detalle los casos, pero confirmó su número, causales y cómo derivaron.
Consultado por la situación de las madres que prefirieron no optar a esa opción, sostuvo que la inviabilidad fetal podría derivar en que la interrupción evolucionara a través de la vía fisiológica, sin intervención médica.
Recordó que el primer caso de aborto en el que se invocó la ley, ocurrió durante febrero; sin embargo, no pudo establecer la fecha en la que las dos mamás habrían descartado el aborto, a pesar del diagnóstico clínico que recomendaba llevarlo a cabo.
Hospital preparado
El doctor Tagle destacó que en el HPM disponen de especialistas que no son objetores de conciencia, para ninguna de las tres causales.
"Desde que se promulgó la ley (23 de septiembre de 2017), como Puerto Montt estamos en condiciones de prestar esa atención", especificó.
Para ello, el director del SSR recordó que realizaron un trabajo previo con los especialistas, "para ver quiénes iban a ser objetores de conciencia y determinar si íbamos a tener el pool necesario para determinar si teníamos las condiciones para prestar ese servicio".
De acuerdo a cifras oficiales, en ese establecimiento se desempeñan 24 médicos obstetras, pero sólo seis de ellos no son objetores. Entre los 18 restantes, al menos son objetores en una de las tres causales.
Respecto de esas cifras, el director del Hospital expuso que "todos son nuestros funcionarios, que a diario trabajan y conviven aquí. Hay puntos de vista distintos, pero que los respetamos. El número de especialistas nos permite ofrecer este procedimiento. Queremos cumplir con la ley y hacerlo en las mejores condiciones".
En caso que parte del equipo de salud de pabellón sea objetor, puede ser reemplazado por quién no lo sea, para realizar la interrupción.
Por eso es que Carvajal también resaltó que junto con la capacitación del personal, también actualizaron los procedimientos y equipamiento. "Había que adquirir instrumental nuevo, porque como Chile no tenía Ley de Aborto, el país quedó atrás en el desarrollo de la Obstetricia (…). Estamos en condiciones de ofrecer a las mujeres que expresen su voluntad, un tratamiento de alto estándar, en un lugar acreditado, también con estándares elevados".
Junto con ello, el Hospital también implementó un programa de atención gratuito orientado a las pacientes que se acogen a esta intervención, el que está considerado en la ley. En ese plan participan una psiquiatra, psicóloga y trabajadora social, que acompañan a la mujer en todo el proceso.
Vías de derivación
El protocolo para aplicar el aborto terapéutico está definido para cada una de las situaciones en las que se puede llevar a efecto.
Cuando se trata de una paciente de la primera causal (peligro para la madre), es atendida por el médico de turno o por un equipo de riesgo obstétrico.
En la segunda causal (inviabilidad fetal), la sospecha se confirma con la paciente hospitalizada, a quien se le ofrece las alternativas de interrupción o continuación del embarazo.
Para el tercer evento (violación), se hospitaliza a la paciente en edad gestacional, se da aviso a tribunales y luego se procede a la interrupción.
es el número de la ley que despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo, promulgada el 23 de septiembre de 2017. 21.030
casos en los que se invocó la normativa, se han presentado en el país, entre septiembre de 2017 y marzo de este año. 123