Facultad parlamentaria para proponer sueldo mínimo preocupa a economistas
REPAROS. Advierten que la materia quedaría al arbitrio de los diputados, que podrían caer en conductas populistas para aumentar las remuneraciones, impactando a micro y pequeñas empresas que tendrían que solventar el gasto adicional.
Durante los últimos 22 años, el sueldo mínimo en Chile pasó en términos nominales, de $100.000 a $380.000. Cada año, su fijación es producto de una negociación entre trabajadores y Ejecutivo, el cual termina por enviar un proyecto de ley al Congreso, ya que la Constitución vigente establece que, entre otras materias, es iniciativa exclusiva del Presidente "fijar las remuneraciones mínimas de los trabajadores del sector privado, aumentar obligatoriamente sus remuneraciones y demás beneficios económicos o alterar las bases que sirvan para determinarlos".
Esto podría cambiar si se aprueba el proyecto de la Convención. En dicho texto, la fijación de remuneraciones mínimas no figura entre las leyes de concurrencia presidencial, que reemplazarían a las de iniciativa exclusiva del Presidente. De hecho, tampoco está en la lista de materias en las que deberá participar la Cámara de las Regiones (que reemplazará al Senado), con lo cual, quedaría solo en manos del Congreso de Diputadas y Diputados.
Al respecto, el convencional Rodrigo Álvarez (Unidos por Chile) opina "que el Congreso pueda aumentar las remuneraciones del sector privado es un grave error. Al no ser una norma de concurrencia presidencial, un Congreso populista o uno de alta irresponsabilidad política puede subir las remuneraciones sin considerar la realidad económica".
La investigadora del Centro de Estudios Públicos (CEP) María José Abud detalla que la ley de salario mínimo es fruto de una negociación entre la CUT y el Ejecutivo, en la cual no solo se define el reajuste del ingreso mínimo mensual, sino también se incluyen otros acuerdos, "por ejemplo, este año se consideraron medidas de protección a la inflación y se comprometió el impulso de otros proyectos de ley en materia laboral. Terminar con el monopolio que tiene el Ejecutivo en esa negociación puede implicar tener distintas propuestas en el Congreso sobre esta materia, sin el consentimiento de los trabajadores, lo cual dificultará el lograr acuerdos".
Para Nicolás Eyzaguirre, exministro de Hacienda, "en el caso del sueldo mínimo, el modelo propuesto que lo deja fuera de las leyes de concurrencia presidencial es un mal diseño. Habría que enmendar el rumbo, ya que es plausible que el Congreso se incline hacia reajustes excesivos, impactando de esta forma al empleo y a las empresas de menor tamaño, llevando a que, más tarde, la ciudadanía le reclame de los efectos adversos al Ejecutivo y no al Congreso".
Impacto
La economista del CEP añade que "las alzas importantes del salario mínimo pueden tener impactos en el mercado laboral, específicamente en la informalidad y desempleo. Si bien la literatura muestra efectos mixtos, existe consenso que alzas excesivas tienen impacto negativo en el empleo ya que el trabajo se vuelve muy costoso. Por lo tanto, que no sea iniciativa exclusiva del Ejecutivo puede tentar a parlamentarios a proponer alzas que no estén en línea con los parámetros que se deben considerar".
En la misma línea, Gabriela Clivio, académica de la Escuela de Negocios U. Adolfo Ibáñez, señala que "sin duda, el hecho de que no exista concurrencia presidencial en materia de sueldo mínimo es muy negativo y deja a las pymes y mipymes en una situación de gran vulnerabilidad".
"Según estimaciones del CEP, utilizando la encuesta CASEN observamos que el 18% de los trabajadores formales están afectos al salario mínimo, siendo estos principalmente de los quintiles de menores ingresos. Del total de trabajadores pertenecientes a hogares pobres por ingresos, 28% están afectos al salario mínimo, por ende, si las alzas del salario no van acompañadas de otras medidas, sin duda se puede traducir en desempleo", explica Abud.
Mientras, el director de la Escuela de Economía y Administración de la U. de Chile, Roberto Álvarez, dice que "reconozco que hay un riesgo en que los fines del Congreso puedan ser populistas a la hora de proponer un sueldo mínimo, pero también pueden ser los gobiernos quienes podrían usarlos en ese mismo sentido. Lo que importa es que se haga con parámetros razonables, que se discuta técnicamente y en pro del beneficio de los trabajadores en general y no de un sector en particular".
Ejecutivo vs. Congreso
La única forma de que el Ejecutivo pudiese participar en la tramitación del sueldo mínimo es que este signifique gasto fiscal, pues la propuesta de la Convención, establece que serán leyes de concurrencia presidencial, entre otras, aquellas que irroguen "directamente gastos del Estado y las relacionadas con la administración presupuestaria del Estado". En ese caso también la Cámara de las Regiones se haría parte de la tramitación.
Para algunos, se podría dar este caso. "El reajuste del salario mínimo tiene costos fiscales, así lo estima Dipres en los informes financieros que acompañan regularmente a este proyecto", dice Abud.
"El inciso que dice que serán leyes de concurrencia del Presidente aquellas que irroguen directamente gastos al Estado debiera interpretarse en el sentido de que cuando estas alzas (de remuneraciones) producen efectos públicos donde el Estado entra a asumir parte de estos aumentos, debiera ser de concurrencia presidencial", puntualiza el constituyente Álvarez.
Mientras, el convencional Maximiliano Hurtado (Colectivo Socialista) señala que "no vimos como inconveniente que el sueldo mínimo fuese solo iniciativa parlamentaria, sin embargo, si el sueldo mínimo incluye subsidios u otra actuación del Estado, será necesariamente ley de concurrencia presidencial, ello a pesar de que no esté explicitado en el borrador".
En 2021, por ejemplo, el aumento del sueldo mínimo fue compensado con gastos fiscales para ayudas extraordinarias bajo el contexto del covid-19 y este año se le otorgó un subsidio temporal a las micro, pequeñas y medianas empresas.
Si ese fuera el caso y se considerara que esta pudiese ser una ley de concurrencia presidencial necesaria, esta igualmente podría ser presentada por parlamentarios, solo que en su tramitación requerirían del patrocinio del Presidente, lo que podría significar un enfrentamiento público entre el Poder Legislativo y el Poder Ejecutivo.
Joseph Ramos, profesor de la Facultad de Economía y Negocios de la U. de Chile, señala que el hecho que sea el Parlamento quien proponga el sueldo mínimo dificulta un manejo económico consistente: "Ellos quedan como el 'policía bueno', ya que pueden proponer cualquier monto, afectando a las pymes, y no son ellos quienes tienen la responsabilidad de la gestión económica. Además, tal como fue con los retiros, hoy la gente no identifica que ellos fueron los causantes de la inflación que tenemos".
"En el caso del sueldo mínimo, el modelo propuesto que lo deja fuera de las leyes de concurrencia presidencial es un mal diseño (...) Es plausible que el Congreso se incline hacia reajustes excesivos, impactando de esta forma al empleo y empresas de menor tamaño".
Nicolás Eyzaguirre, exministro de Hacienda