Entidades de justicia ponen los ojos sobre protocolos de colegio tras golpiza a escolar
PUERTO MONTT. Aseguran que el primer filtro de sanción debe venir del establecimiento. Tanto el Ministerio Público como el Tribunal de Familia podrían llegar a intervenir en el caso, dependiendo consecuencias y gravedad.
Diversas consecuencias podría llegar a tener el caso del alumno de octavo año básico que recibió una golpiza de sus compañeros en el Colegio Santo Tomás de Puerto Montt.
Y no solo repercusiones de salud -física o mental- para el afectado, sino que desde el aspecto judicial para los adolescentes involucrados.
De acuerdo a lo que explican diversos organismos, las principales diferencias serían, de comprobarse los hechos imputados, dependiendo de quienes tengan menos o más de 14 años.
Y es que el joven golpeado, que debió ir trasladado por su familia al Hospital de Puerto Montt, terminó con golpes en la cabeza, cuello, tórax y el tren inferior, con consecuencias de cefalea, mareos y dolor en el bajo vientre.
Marcelo Maldonado, fiscal jefe de la Fiscalía de Puerto Montt, aseguró que la denuncia se recibió de parte del Colegio Santo Tomás, dando cuenta de la "agresión que había sufrido un estudiante de dicho establecimiento, que se habría ejecutado por otros estudiantes menores de edad del mismo establecimiento".
"A raíz de ello, como Fiscalía estamos recopilando algunos de los antecedentes, con el objetivo de poder determinar cuál es la calificación jurídica final que puedan tener estos hechos y con base a dicha calificación jurídica determinar si es que somos competentes. Del mismo modo, toda vez que también podría ser, de acuerdo a la edad, de quienes son los potenciales agresores, ser competente el Tribunal de Familia. Una vez que determinemos ello, y si es que Fiscalía es competente para conocer de estos antecedentes, haremos la investigación respectiva en el orden penal, para finalmente establecer las responsabilidades conforme la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, si es que se da mérito en este caso".
Precisamente sobre esto, la jueza presidenta del Juzgado de Familia de Puerto Montt, Claudia Cárdenas, explicó que "frente a un caso de acoso escolar, incluidas las lesiones, cada establecimiento educacional debe activar su protocolo interno, entrevistando a los menores de edad involucrados, a sus padres y realizando las correspondientes derivaciones a las redes de apoyo externas. Si existen delitos penales asociados, debe conocer el Ministerio Público, quien indagará los hechos".
Hizo hincapié en que "la labor del Tribunal de Familia, en este caso, será indagar si el establecimiento tomó o no las medidas que por ley está llamado a aplicar (...) Si el responsable de la agresión es menor de 14 años conocerá el Tribunal de Familia para indagar sobre su situación familiar y decretar si es procedente alguna intervención ambulatoria con un programa del Servicio Mejor Niñez. Si en el caso concreto existen lesiones y los involucrados como autores son mayores de 14 años al momento de la agresión física, pueden ser objeto de sanciones de carácter penal, para lo que necesariamente debe intervenir el Ministerio Público".
De todas formas, puso énfasis en que "los hechos de acoso escolar se encuentran sujetos a la Ley de Convivencia Escolar N°20.536", donde "se faculta al establecimiento para que tome todas las medidas (administrativas, disciplinarias y reparatorias) que correspondan, conforme a la normativa interna (Manual de Convivencia), para solucionar la situación" y que "los colegios que no cumplan con la normativa pueden ser sancionados por la autoridad administrativa".
Esta autoridad es la Superintendencia de Educación, desde donde se aseguró que establecieron una denuncia de oficio para investigar las medidas adoptadas por el establecimiento y si estas se ajustan a lo señalado en la normativa educacional.
"Ante una situación de maltrato o agresión, las y los sostenedores deben aplicar el Reglamento Interno del establecimiento y el protocolo de actuación frente a casos de maltrato, para determinar las acciones sobre cómo se resolverán este tipo de hechos y las medidas que se implementarán para proteger la integridad física y sicológica de toda una comunidad educativa".
Especificaron que si el hecho se trata de un delito, "la normativa señala que los establecimientos están obligados a denunciar ante el Ministerio Público, Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones o ante cualquier tribunal con competencia penal, dentro de las 24 horas siguientes al momento en que toman conocimiento del hecho".
La seremi de Educación, Daniela Carvacho, dijo que están monitoreando el caso de cerca con la familia y que conscientes que las situaciones de violencia escolar han ido en aumento en los últimos meses, "por consecuencia de la pandemia y otros factores sociales", están activando "la política 'Seamos Comunidad'. Se están realizando talleres de convivencia escolar y salud mental; ya se han capacitado más de 400 docentes y asistentes de Hualaihué, Puerto Montt y Frutillar y se siguen realizando en otras comunas y provincias distintas acciones, dirigidas al fortalecimiento de la convivencia escolar.
14 años es la edad en donde podría ya intervenir el Ministerio Público, dependiendo de la gravedad del delito.