Corte Suprema ordena sacar portón instalado en una parcela en Chamiza
RECURSO DE PROTECCIÓN. El vecino que llevó adelante esta acción intentó vender los controles eléctricos del portón a cada recurrente en la suma de $18.000.
La Corte Suprema ordenó al propietario de un terreno ubicado en el sector Chamiza de Puerto Montt sacar un portón que impedía el paso de los vecinos de la parcelación 31, quienes debieron recurrir de protección, porque además quien lo instaló estaba vendiendo los controles eléctricos a $18 mil para que pudiesen acceder.
El recurso de protección fue interpuesto por 11 residentes de la Parcela 31 del Fundo La Chamiza. La acción fue acogida por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt; pero apelada por el dueño del terreno por donde pasa el camino.
El recurrido instó por el rechazo de la acción argumentando que los recurrentes pueden acceder a sus predios por otras vías, "las que convenientemente evitan mencionar en su libelo", pues el supuesto camino de servicio corresponde a uno privado construido por su cuenta "para dividir la parcela en dos lotes, por tanto, no existe perjuicio hacia los reclamantes en la especie", señala parte del documento judicial.
Pese a ello y tras recurrir a la Corte Suprema, la Tercera Sala de esta instancia confirmó el 11 de diciembre, de forma unánime, el fallo de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt que acogió la acción de protección y ordenó sacar el portón.
Forma manual
Los problemas comenzaron cuando los vecinos de la parcelación decidieron instalar un portón con un motor para dar más seguridad.
El recurso señala que "el recurrido comenzó desde ya a realizar actos que no estaban de acuerdo a la voluntad de los vecinos, al cortar la luz del motor del portón, por lo que sólo se podía usar de forma manual". Pero los "recurrentes, para no generar discusiones con el recurrido, optaron por usar el portón de forma manual".
Agrega el documento que "probablemente, aprovechándose de la pasividad de los recurrentes ante el actuar del recurrido, el mismo comenzó a realizar actos de mayor gravedad, los que culminan con la obstrucción completa del paso de (los) representados, que es el acto en contra del cual se recurre (de protección)".
Indica que "en primer lugar, con fecha 30 de noviembre (2022), el recurrido retiró el portón comunitario de la parcelación, colocando el propio en el mismo sitio y utilizando -incluso- las ruedas del portón instalado anteriormente y ofreciendo llaves del que él instaló solamente a los vecinos que accedieran a firmar un 'acuerdo consensual' que él mismo redactó y dejó en la Notaría Lebby Barría".
Señala el recurso "que en caso de no estar de acuerdo con lo redactado", de forma unilateral, el recurrido no les entregaría copia de las llaves, ni del control, por el que debían cancelar $18.000 (al momento) de suscribir el "acuerdo consensual". El recurso agrega que esta persona envío un mensaje por Whatsapp indicando que quien no estuviera de acuerdo con la medida "era libre de interponer un recurso de protección".
11 de diciembre la Corte Suprema ratificó el fallo de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt que había acogido el recurso.
11 vecinos de la parcela 31 del Fundo La Chamiza recurrieron de protección, porque no podían acceder directamente a la Ruta 7.