Juez autoriza que imputado cumpla arresto domiciliario en zona de turismo
CORTE CAMBIÓ DECISIÓN. Tribunal de alzada mantuvo la prisión preventiva para el detenido del delito de violación de una escolar, hecho ocurrido en enero de este año en el sector de Pargua. Juzgado de Garantía de Calbuco, había cambiado cautelar.
Una cabaña en la zona de Licanray, Región de La Araucanía, era el destino para que el imputado por el delito de violación de una escolar (de 15 años) ocurrido en Pargua (Calbuco), cumpliera con el arresto domiciliario total que el Juzgado de Garantía de Calbuco había impuesto, cambiando la prisión preventiva, decretada desde que fue formalizado el 9 de enero de este año.
El objetivo era que el imputado, de 61 años y quien se desempeñó como inspector del liceo de Pargua, se pudiera quedar en una cabaña cedida por un familiar en una de las zonas consideradas como centro turístico de la Región de La Araucanía.
El lunes pasado se realizó en el Juzgado de Garantía de Calbuco una audiencia de revisión de medidas cautelares. El juez Pablo Farfán, tras los alegatos de los querellantes, el fiscal Julio Martínez y el abogado defensor del imputado, el penalista Andrés Firmani, determinó cambiar la prisión preventiva por arresto domiciliario total. Pero no en Pargua, sino que en Licanray.
Peligro
El Ministerio Público y los querellantes apelaron la medida a la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, tribunal de alzada que determinó revocar la cautelar dictaminada por el juez Farfán, manteniendo la prisión preventiva.
"Teniendo en consideración la naturaleza de los delitos por los cuales fue formalizada la presente investigación, las circunstancias de comisión y las penas asociadas a los mismos, configura un peligro para la seguridad de la víctima menor de edad, que se resguarda sólo con la medida cautelar de prisión preventiva solicitada. Se revoca la resolución apelada de fecha 29 de julio del año en curso, dictada por don Pablo Farfán Kemp, juez del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Calbuco y en su lugar se declara que se mantiene la medida de prisión preventiva respecto del imputado Carlos Guillermo Contreras Stollsteimer", señala el fallo del Corte de Apelaciones, cuya sala estuvo compuesta por los ministros Jaime Meza, Jorge Pizarro y el fiscal del tribunal, Rodolfo Maldonado. El ministro Meza tuvo el voto de minoría. Es decir estuvo por "confirmar la resolución apelada, en razón de que la seguridad de la víctima se ve suficientemente asegurada con la medida de arresto domiciliario total". De esta forma, el imputado se mantuvo en el penal de Alto Bonito.
Marco Silva, abogado de la víctima, sostuvo que la familia de la estudiante "respira aliviada ahora", por esta resolución de la Corte de Apelaciones.
"Las circunstancias de este crimen son abrumadoras y la prueba que consta en autos es contundente e incluso reconocida por la defensa".
De acuerdo a Silva, "no se puede hoy día pretender arrendar una cabaña vacacional para eludir la acción de la justicia, pues de acuerdo a la pena que corresponde aplicar al delito de violación reiterada, sí o sí será de cumplimiento efectivo en cárcel que es donde debe estar este imputado, puesto que constituye un peligro para la seguridad de la víctima y de la sociedad. Ello de acuerdo también a los tratados internacionales, como la Convención Belém do Pará que establece la obligación de los Estados de garantizar la protección de las mujeres en especial cuando son menores y víctimas".
"Las circunstancias de comisión y las penas asociadas a los mismos, configura un peligro para la seguridad de la víctima menor"
Fallo, de la Corte de Apelaciones