Corte de Apelaciones confirma la prisión preventiva del ex alcalde Gervoy Paredes
PUERTO MONTT. En audiencia declarada reservada, los ministros de la Primera Sala ratificaron por unanimidad las cautelares dictadas por el juez de Garantía. Carlos Soto tiene prohibido contactar a funcionarios municipales, de Siglo Verde o Cosemar.
En uno de los pisos de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, cuelga un informativo que alude a la transparencia y la responsabilidad social como principios valóricos de la institución. Palabras que quedaron en entredicho ayer, luego que la Primera Sala del tribunal de alzada decidiera impedir el acceso de la prensa, aludiendo a una nueva reserva de la causa, para conocer antecedentes de la audiencia donde se confirmó la prisión preventiva que fue dictada el miércoles de la semana pasada para el destituido alcalde Gervoy Paredes Rojas y de arresto domiciliario total para el ex director de Concesiones, Carlos Soto Ojeda.
La primera sala del tribunal de alzada puertomontino que resolvió la apelación estuvo presidida por la ministra Ivonne Avendaño e integrada por el ministro Moisés Montiel y el abogado integrante Darío Parra, además de la relatora Fernanda Aguilar.
La audiencia inició pasadas las 10 horas. Previamente, El Llanquihue elevó un escrito al secretario (s) de la Corte de Apelaciones, Juan Inostroza, con la finalidad de poder acceder a los alegatos de los distintos intervinientes en la causa, entre los que figuraron el fiscal Marco Muñoz, el abogado defensor Andrés Firmani, en representación de Gervoy Paredes; el abogado José Miguel Devilat, en representación de Carlos Soto; y los querellantes Braulio Sanhueza, a nombre de un grupo de seis concejales de Puerto Montt, y Marcos Velásquez, a título particular.
En su contestación a la solicitud, "la sala resolvió que atendido lo resuelto en audiencia de fecha 23 de octubre de 2024 por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt, y que ello motiva la vista de los presentes recursos que serán conocidos, no ha lugar a lo solicitado".
Mantuvo las cautelares
Pese a lo anterior, este medio pudo acceder a la resolución del tribunal, en la cual estimó que respecto a la necesidad de cautela del ex alcalde, "esta solo se ve resguardada con la medida de prisión preventiva, teniendo en consideración la multiplicidad de los delitos por los cuales se formalizó la investigación, esto es un delito de cohecho, lavado de activos, enriquecimiento ilícito y fraude al fisco; las circunstancias y modalidad de su comisión; la gravedad de la pena asociada a uno de los delitos y su eventual forma de cumplimiento, lo que da cuenta de la insuficiencia de otras medidas cautelares de menor intensidad para resguardar la seguridad de la sociedad y el peligro que reviste la libertad del encausado, y para resguardar los fines de la investigación".
Por este motivo, la corte mantuvo la prisión preventiva del ex alcalde, dictada en primera instancia por el juez de Garantía Miguel Ángel García, y reafirmó asimismo las cautelares dictadas en relación a Carlos Soto, que son arraigo nacional, arresto domiciliario total y prohibición de comunicación o tomar contacto con los coimputados Carlos Alberto Parrao, Gervoy Paredes y toda persona relacionada con la empresa Siglo Verde, Cosemar y funcionarios activos de la Municipalidad de Puerto Montt.
El querellante Braulio Sanhueza expresó respecto a la resolución del tribunal de alzada, que "revela en primer término que el Ministerio Público hizo una investigación redonda, extensa, que acreditó la participación de Paredes en la trama delictual conocida como 'funcionarios fantasmas', esto es, servidores públicos que nunca prestaron servicios, en cuya virtud más 200 millones fueron a parar a los bolsillos del alcalde Paredes y sus cómplices". A la vez, refrendó que en este caso "no hay persecución política, lo que hay es una persecución criminal exitosa que los ha llevado a la cárcel, en espera de sus condenas y espero que tanto el municipio como el Consejo de Defensa del Estado interpongan las querellas en el menor tiempo posible".
Testigo desacreditado
Por su parte, el querellante Marcos Velásquez se mostró satisfecho con la decisión unánime del tribunal que, a su juicio, "determinó que existen elementos de convicción suficientes para estimar la existencia material de los hechos investigados y presumir fundadamente la participación de Gervoy Paredes en ellos".
El abogado acusador se refirió asimismo a uno de los argumentos utilizados por la defensa del ex alcalde. "Era esperable que intente desacreditar las imputaciones, pero me sorprendió que afirme hechos que no tienen respaldo en la investigación, que impute la responsabilidad en el ex director DAEM y en funcionarios de menor jerarquía a quienes intenta desacreditar, lo que anticipa cuál será su estrategia de defensa de fondo", manifestó.
El abogado Andrés Firmani, en tanto, afirmó que "se respeta la resolución de la Ilustrísima Corte, pero no se comparte, así como no se comparte tampoco la resolución del juez de Garantía que estuvo por decretar como única y extrema medida la prisión preventiva. Yo siempre he creído que la prisión preventiva en delitos de esta naturaleza, dinero, delitos funcionarios, no debería ser prácticamente la que se utiliza en forma habitual, sino que derechamente debería quedar reservada para delitos de sangre, sexuales, etcétera".
"(Gervoy) No ha destruido pruebas"
Y en cuanto a los argumentos que fundaron la resolución del tribunal para mantener la prisión preventiva, descartó el razonamiento de que su libertad constituya un peligro para las diligencias de la investigación, por cuanto recordó que desde 2021 ha colaborado con la causa. "No ha destruido pruebas, no ha allanado personalmente ni bajo ningún tercero, o interpósita persona, las dependencias de la municipalidad para ocultar evidencia, documentos, etcétera. En lo absoluto, eso fue una especulación que sirve para los intereses de la Fiscalía y de los querellantes en este momento", cuestionó.
Y adelantó además que como defensa están solicitando nuevas diligencias para requerir un cambio de cautelar en una próxima oportunidad. "No significa que él vaya a estar preso 6 meses", recalcó en alusión al plazo de investigación.
Finalmente, junto con aclarar que su cliente se hará cargo de cada uno de los hechos por los cuales fue formalizado, insistió en su argumento de desacreditar el testimonio de uno de los coimputados, "que a mi juicio, con fines espúreos, meramente instrumentales, menciona cuestiones que no tienen rédito probatorio externo a su propia versión. Es decir, dichos de una persona que tiene severos problemas psiquiátricos, sobre todo con el juego, y también con intereses creados a partir de que su prisión preventiva", recalcó Firmani.
280 millones de pesos